jueves, 16 de abril de 2009

Un obispo ante la justicia terrenal

Juan Rodolfo Laise será investigado junto a un camarista de Mendoza por su actuación durante la dictadura

El Tribunal Oral Federal de San Luis investigará al obispo emérito de esa provincia, al ex juez federal Eduardo Allende y a su secretario Carlos Pereyra González, actual camarista de Mendoza, por su complicidad durante la represión ilegal.

Por Diego Martínez
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El Tribunal puntano condenó a cinco represores por terrorismo de Estado.

El obispo emérito Juan Rodolfo Laise, el ex juez federal Eduardo Allende y su secretario Carlos Martín Pereyra González, actual juez de la Cámara Federal de Mendoza, serán investigados por la Justicia junto con decenas de militares retirados y policías, todos libres e impunes, por su rol en San Luis durante la última dictadura. Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal puntano, que el mes pasado condenó a prisión perpetua a cinco represores, fallo cuyos fundamentos se conocieron ayer.

En términos estrictos la decisión de investigar la complicidad civil fue de Raúl Alberto Rodríguez y Roberto Julio Naciff, que detallaron los relatos que vinculan a magistrados con torturadores y destacaron que Laise no sólo conocía “el proceso de exterminio del opositor político” sino que, como máxima autoridad de la Iglesia Católica, “tenía ascendencia e incidencia sobre aquellos que lo estaban ejecutando”. El tercer juez, Jorge Roberto Burad, redactó su propio voto y se limitó a los uniformados.

“El hecho de que el obispo Laise acudiera al Comandante del Area 333 para matar a una persona no tiene otra lectura sino que el prelado conocía que en San Luis se estaba matando gente”, apuntaron. La persecución por parte del obispo que denunció el ex sacerdote Pablo Melto, la declaración del coronel Miguel Angel Fernández Gez sobre el pedido divino de hacer desaparecer a un cura y los dos secuestros que sufrió Melto “son bastantes motivos para disponer se extraiga compulsa de Laise por la posible comisión de delito”. Como ejemplo de la ascendencia del obispo citan “el sermón que en la Penitenciaría dio a los detenidos políticos, junto a los torturadores, diciéndoles ‘hijos míos, a ustedes hay que extirparles el alma’”, sabiendo que “para extirparles el alma había que matar el cuerpo”.

La descripción pormenorizada de toda la estructura ilegal que operó en San Luis deja en evidencia el largo camino de justicia por recorrer. La plana mayor del Comando de Artillería 141, a cargo de Fernández Gez, la encabezaba el teniente coronel Guillermo Daract y la integraban Raúl Benjamín López, Gerácimo Dante Quiroga y Enrique Loaldi. Del Comando dependía el Grupo de Artillería de Defensa Antiaérea 141 a cargo del teniente coronel Juan Carlos Moreno, a quien secundaban los tenientes Horacio Angel Dana, Carlos Alemán Urquiza, Alberto José Moreira, Urbano Acuña y Andrés Merlo, entre otros. De los secuestros cotidianos y los “ablandes” en la Jefatura de Policía se encargaba el capitán Carlos Plá y su “patota” del Departamento de Informaciones (D2), compuesta por el comisario Víctor David Becerra y los oficiales Juan Carlos Pérez, Carlos Hemenegildo Ricarte, Luis Mario Calderón, Omar Lucero, Cirilo Chavero, Juan Amador Garro, Luis Alberto Orozco y Jorge Hugo Velázquez.

“Las estructuras y engranajes represores señalados actuaban coordinados entre ellos y valiéndose de todo el poder que les daba el aparato estatal”, destacaron. El grupo de Plá se encargaba de “buscar la información, llevar a cabo los secuestros, interrogatorios, tortura y operativos como los de libertades aparentes y posterior desaparición de las víctimas, que concluían con su muerte, en los que intervenían todos sus integrantes”. La patota de Moreno daba “cobertura logística y operativa con hombres, armas y movilidad para los secuestros”. En los interrogatorios en el centro clandestino que funcionó en la granja La Amalia destacaron el rol de Loaldi y Urquiza. Todos “conocían perfectamente la situación de cada detenido y cuál era la libertad real y cuál la ficticia”. “Para asegurar el pacto de silencio era necesario que todos intervinieran desde el principio hasta el fin.”

El voto mayoritario destaca la imposibilidad de condenar a los represores por el delito de genocidio, como solicitó la APDH. “De todas maneras, me veo en la obligación moral y jurídica de reconocer que en la Argentina en 1976-83 tuvo lugar una práctica sistematizada de exterminio de oponentes políticos que debemos calificar como genocidio”, apuntaron Rodríguez y Naciff. El presidente del Consejo de la Magistratura, Luis María Bunge Campos, presenció la lectura de la sentencia.

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